º. El Ministerio de Comunicaciones -Fondo de Comunicaciones- diseñará y ejecutará estrategias de comunicación destinadas a dar a conocer los planes, proyectos y programas de la política social del Gobierno Nacional, y a promover la participación y el apoyo de la comunidad en su ejecución y desarrollo.
Decreto 1967 de 1999 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 1967 de 1999 · por el cual se reglamenta la autorización para adelantar campañas de publicidad de las empresas industriales y comerciales del estado y se adoptan unas disposiciones en materia de divulgación de políticas del Gobierno Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.