Micelio
DecretoDerogado

Decreto 1190 de 1954

Por el cual se fijan prestaciones para los familiares del personal de las Fuerzas Armadas que desaparezca en servicio activo

6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Cuando Una Aeronave En Vuelo En Que Viaje Personal Al Servicio De Las Fuerzas Armadas, No Llegue Al Lugar De Su Destino, Pierda Todo Contacto Con Las Estaciones De Control Aéreo Y Transcurra El Tiempo Estimado Para Permanecer En El Aire, Ignorándose Su Paradero, Se Considerará Técnicamente En Situación De Emergencia2Declarados Como Ausentes Los Ocupantes De La Aeronave, Los Familiares A Quienes Se Hallaba Sosteniendo El Ausente, En El Orden Y Proporción Establecidos En El Artículo 134 Del Decreto 3220 De 1953 , Continuarán Recibiendo Durante Tres (3) Meses Las Asignaciones Mensuales De Actividad Del Mismo, Las Que Serán Pagadas Por La Contaduría Respectiva En Las Condiciones Fijadas Por Las Disposiciones Vigentes3Las Prestaciones Sociales Definidas, Correspondientes Al Personal Ausente, Serán Liquidadas Y Pagadas Únicamente Cuando Los Interesados Presenten Al Ministerio De Guerra La Declaración Judicial De Presunción De Muerte Por Desaparecimiento, De Acuerdo Con El Código Civil Y En El Orden Y Proporción Establecido Por El Artículo 134 Del Decreto 3220 De 19534Si El Presunto Desaparecido Reapareciere O Se Tuvieren Noticias Ciertas De Su Existencia, Se Estará A Lo Dispuesto En El Libro 1º, Título 2º, Capítulo 3º, Del Código Civil, En Cuanto A Sus Derechos, Pero El Gobierno Se Reservará La Facultad De Reivindicar Las Sumas Que Por Exceso Hubiere Pagado A Los Familiares Del Ausente5Los Beneficios A Que Se Refieren Los Artículos Anteriores, Podrán Ser Aplicados Por El Ministerio De Guerra A Todo El Personal Al Servicio De Las Fuerzas Armadas Que Desaparezca Por Otras Causas, Y Que Se Halle En Las Condiciones Del Artículo 96 Del Código Civil6El Presente Decreto Rige A Partir Del 17 De Junio De 1951
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