DecretoVigente
Decreto 99 de 1984
Por el cual se crea el Sistema de Planeación del Mercado de Trabajo y se fijan unas funciones
9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase El Sistema De Planificación Del Mercado De Trabajo, Compuesto Por Organismos Públicos Y Con Participación De Organismos Privados, Que Coordine La Ejecución De Políticas Orientadas A La Promoción Nacional, Sectorial Y Regional Del Empleo2El Sistema De Planificación Del Mercado De Trabajo Estará Integrado Por: -Comité Técnico Coordinador Para La Planificación Del Mercado De Trabajo3Se Crearán Comités Técnicos Regionales, Los Cuales Serán Integrados Siguiendo Los Lineamientos Que Al Respecto Defina El Comité Técnico Coordinador4Son Funciones Generales Del Sistema De Planificación Del Mercado De Trabajo: 15El Comité Técnico Coordinador Para La Planificación Del Mercado De Trabajo Estará Integrado Por: -El Director General Del Servicio Nacional De Empleo6Son Funciones Del Comité Técnico Coordinador: 17Artículo 78El Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social Reorganizará Y Adecuará La Estructura Administrativa Del Servicio Nacional De Empleo Para Cumplir La Política Del Gobierno Nacional En Materia De Empleo Y, Además De Las Atribuciones Señaladas En El Decreto-Ley 062 De 1976 Y Las Normas Que Lo Modifiquen O Adicionen Éste Debe Cumplir Las Siguientes Funciones9El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias