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Artículo 4

Son Funciones Generales Del Sistema De Planificación Del Mercado De Trabajo: 1

Decreto 99 de 1984 · Por el cual se crea el Sistema de Planeación del Mercado de Trabajo y se fijan unas funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Son funciones generales del Sistema de Planificación del Mercado de Trabajo

1.

Planificar los recursos humanos a nivel nacional, regional y sectorial con el objeto de prever los comportamientos del mercado laboral.

2.

Promover la formulación de lineamientos de políticas orientadas hacia la generación de empleo. Anticipando los comportamientos posibles del mercado laboral a nivel nacional, regional sectorial.

3.

Impulsar políticas tecnológicas y de productividad orientadas a responder a los lineamientos que en esta materia se definan a nivel nacional.

4.

Formular y presentar ante el Consejo Nacional de Política Económica y Social, los lineamientos de políticas económicas que tiendan a estimular la generación de empleo directo e indirecto y evaluar los posibles impactos de las políticas económicas nacionales sobre la dinámica ocupacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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