Micelio

Artículo 2

El Sistema De Planificación Del Mercado De Trabajo Estará Integrado Por: -Comité Técnico Coordinador Para La Planificación Del Mercado De Trabajo

Decreto 99 de 1984 · Por el cual se crea el Sistema de Planeación del Mercado de Trabajo y se fijan unas funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Sistema de Planificación del Mercado de Trabajo estará integrado por: -Comité Técnico Coordinador para la Planificación del Mercado de Trabajo. -Servicio Nacional de Empleo. -Centro de Información del Mercado de Trabajo y Centro de Documentación del Sistema de Planificación del Mercado de Trabajo como órganos de apoyo. -Las Subcomisiones que determine el Comité Técnico Coordinador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 99 de 1984