DecretoDerogado
Decreto 985 de 2010
por medio del cual se reglamenta la actividad de proveer precios en el mercado, la valoración de inversiones de las entidades sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, y se dictan otras disposiciones.
20artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Proveeduría De Precios2Utilización De Precios Por Parte De Las Entidades3Período Mínimo De Contratación De Un Proveedor De Precios Para Valoración4Proveedor De Precios Para Valoración "oficial"5Valoración De Inversiones6Precio Justo De Intercambio7Metodologías De Valoración8Objeto Social De Los Proveedores De Precios Para Valoración9Expedición De Las Metodologías De Valoración10Artículo 1011Máxima Participación Accionaria En Un Proveedor De Precios Para Valoración12Funciones Especiales De La Junta Directiva13Comité De Valoración14Miembros Del Comité De Valoración15Artículo 1516Obligaciones Especiales De Los Proveedores De Precios Para Valoración17Suministro De Información A Los Proveedores De Precios Para Valoración18Prohibiciones Especiales19Régimen De Transición20Vigencia Y Derogatorias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales a) y c) del artículo 4°, en concordancia con el literal i) del artículo 3°, ambos de la Ley 964 de 2005
- Óscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público