DecretoVigente
Decreto 946 de 1949
por el cual se fija el período escolar para los establecimientos de educación que funcionen en la capital de la República, y se modifica el número 665 de 1947 en lo relacionado con el Calendario Escolar.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Período Escolar Para Los Establecimientos Que Funcionen En La Capital De La República, Quedará Distribuido Así: Del 15 De Marzo Al 22 De Diciembre2Él Período Escolar Para Los Establecimientos Que Funcionen Fuera De La Capital De La República En El Sector Centro Oriental, Quedará Distribuido, Así: Del Secundo Lunes De Febrero Al 22 De Noviembre3Prohíbese A Los Establecimientos De Educación Iniciar Los Exámenes Finales Antes De Las Fechas Siguientes: Bogotá: 10 De Diciembre4Los Exámenes Trimestrales Se Verificarán En Las Épocas Anotadas A Continuación: Bogotá5Las Calificaciones Definitivas Se Computarán En La Siguiente Forma: A) La Calificación Trimestral Definitiva Valdrá El 25% Y Se Obtendrá Promediando La Nota Del Examen Trimestral Con Las Correspondientes A Asistencia Escolar, Respuestas En La Clase, Tareas, Trabajos Prácticos
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