Micelio

Artículo 5

Las Calificaciones Definitivas Se Computarán En La Siguiente Forma: A) La Calificación Trimestral Definitiva Valdrá El 25% Y Se Obtendrá Promediando La Nota Del Examen Trimestral Con Las Correspondientes A Asistencia Escolar, Respuestas En La Clase, Tareas, Trabajos Prácticos

Decreto 946 de 1949 · por el cual se fija el período escolar para los establecimientos de educación que funcionen en la capital de la República, y se modifica el número 665 de 1947 en lo relacionado con el Calendario Escolar.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las calificaciones definitivas se computarán en la siguiente forma

a)

La calificación trimestral definitiva valdrá el 25% y se obtendrá promediando la nota del examen trimestral con las correspondientes a asistencia escolar, respuestas en la clase, tareas, trabajos prácticos.

b)

Los exámenes finales valdrán el 40%.

c)

El 10% restante corresponderá a la asistencia, respuesta en clase, tareas, trabajos prácticos realizados en, el tiempo comprendido entre los últimos exámenes trimestrales y el principio de los exámenes finales.

Parágrafo

Las calificaciones serán de 0 a 5, con fracciones centecimales. Artículo 69 Este Decreto entra en vigencia desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 946 de 1949