° Los exámenes trimestrales se verificarán en las épocas anotadas a continuación: Bogotá. Primer examen: segunda quincena de junio. Segundo examen: segunda quincena de octubre. Sector Centro-Oriental. Primer examen: segunda quincena de mayo. Segundo examen: segunda quincena de septiembre. Sector Suroeste. Primer examen: segunda quincena de enero. Segundo examen: segunda quincena de mayo.
Decreto 946 de 1949 →Vigente
Artículo 4
Los Exámenes Trimestrales Se Verificarán En Las Épocas Anotadas A Continuación: Bogotá
Decreto 946 de 1949 · por el cual se fija el período escolar para los establecimientos de educación que funcionen en la capital de la República, y se modifica el número 665 de 1947 en lo relacionado con el Calendario Escolar.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.