DecretoVigente
Decreto 710 de 1961
Por el cual se ajustan los empleos de la División de Radio y Televisión Nacionales del Ministerio de Comunicaciones, y sus remuneraciones, a la Nomenclatura y Escala de Sueldos fijados por el decreto extraordinario 1678 de 1960
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23Artículo 320Del Decreto Número 1635 De 1960, La Radiotelevisora Nacional, Como División Técnica, Se Regirá, En Cuanto Al Nombramiento Y Remoción De Personal, Por Las Disposiciones Vigentes Para Las Demás Divisiones Del Ministerio De Comunicaciones19Del Decreto 2256 De 1960, Los Funcionarios Que Hayan Venido Desempeñando Los Cargos Establecidos Por El Presente Decreto O Sus Equivalentes, Con Asignación Inferior A La Señalada En El Decreto 1678 De 1960, Se Incorporarán A Dichos Cargos Con Retroactividad Al Primero Ele Julio De 1960, O A Partir De La Fecha En Que Hayan Comenzado A Desempeñarlos Con Posterioridad Al 1° De Julio De 19605Artículo 56Artículo 64Para Los Efectos Fiscales, El Presente Decreto Rige A Partir Del 19 De Enero Del Año En Curso, Y Con Arreglo A Lo Dispuesto Por El Segundo Inciso Del Artículo 3° Del Decreto Extraordinario Número 1678 De 1960, Quedan Sustituidas En Los Términos Del Artículo 1° Precedente Las Disposiciones Del Artículo 2° Del Decreto Extraordinario Número 1566 De 1960
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