Del Decreto Número 1635 De 1960, La Radiotelevisora Nacional, Como División Técnica, Se Regirá, En Cuanto Al Nombramiento Y Remoción De Personal, Por Las Disposiciones Vigentes Para Las Demás Divisiones Del Ministerio De Comunicaciones
Decreto 710 de 1961 · Por el cual se ajustan los empleos de la División de Radio y Televisión Nacionales del Ministerio de Comunicaciones, y sus remuneraciones, a la Nomenclatura y Escala de Sueldos fijados por el decreto extraordinario 1678 de 1960
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo tercero. En desarrollo del artículo 20 del Decreto número 1635 de 1960, la radiotelevisora Nacional, como División Técnica, se regirá, en cuanto al nombramiento y remoción de personal, por las disposiciones vigentes para las demás divisiones del Ministerio de Comunicaciones.
Parágrafo
En los términos de este artículo queda derogado el artículo 3° del Decreto 2195 de octubre 28 de 1958.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.