T-976 de 2007
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Sandra Patricia Peña Melo Vs. Salud Total
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pago de licencia de maternidad aunque a la peticionaria le faltó un mes de cotización
- Cotización durante todo el periodo de gestación
- Excepción de no exigir el pago completo e ininterrumpido de semanas cotizadas
- Requisitos para el reconocimiento y pago
- Deber de cotización durante todo el periodo de gestación debe analizarse a la luz de cada embarazo
- Pago por allanamiento a la mora por EPS
- Procedencia excepcional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derechos fundamentales de madre e hijo en el caso de afiliada al regimen contributivo a quien la entidad se niega a reconocerle y pagarle la licencia de maternidad aduciendo el no pago completo e ininterrumpido durante la totalidad del periodo de gestacion.solicita se ordene el reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.reconocimiento y pago de la licencia de maternidad.
Procedencia excepcional por via de tutela.
Teoria del allanamiento a la mora.
En el presente caso la accionante dejo de cotizar cuatro semanas en su periodo de gestacion lo que no es motivo para denegar el acceso a la licencia de maternidad.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida en mayo 15 de 2007 por el Juzgado Treinta y Seis Penal del Circuito de Bogota, que habia revocado la de abril 13 del mismo ano, dictada por el Juzgado Treinta y Cuatro Penal Municipal de esta ciudad; en su lugar, CONCEDESE la tutela pedida por Sandra Patricia Pena Melo, contra Salud Total EPS, Seccional Bogota.
- Segundo. En consecuencia, ORDENASE a Salud Total EPS, Seccional Bogota, a traves de su representante legal o quien haga sus veces, que si aun no lo ha hecho, dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia, proceda a reconocer y pagar a la senora Sandra Patricia Pena Melo, lo correspondiente a la licencia de maternidad a que tiene derecho por el nacimiento de su hijo Johan Samuel Hernandez Pena.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.