Sentencia de Tutela30 de agosto de 2001
T-929 de 2001
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Luz Marina Mendez Vs Cafesalud E.P.S.·Demandado Sin Información
✓
Tema · dato duro
Legitimacion Por Activa. Esposa En Representacion De Su Conyuge Enfermo. Continuidad De Tratamiento Medico De Enfermedad Catastrófica Sin Cumplir Periodo Minimo De Cotización. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Salud
- Suministro de tratamiento de alto costo sin cumplir periodo mínimo de cotización en persona de escasos recursos
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido el 16 de marzo de 2001 por el Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito de Ibagué, en cuanto negó la tutela de los derechos a la vida y a la salud de ÁLVARO MÉNDEZ PERDOMO.
- Segundo. INAPLICAR por inconstitucional para el caso concreto el artículo 61 del decreto 806 de 1998.
- Tercero. ORDENAR a Cafesalud, E.P.S. Regional Tolima, que en forma inmediata lleve a cabo el tratamiento médico que requiere el señor ÁLVARO MÉNDEZ PERDOMO y le prodigue los tratamientos indispensables, a juicio de los médicos de la institución, sin condicionar en modo alguno la prestación de tales servicios al pago de dinero.
- Tercero. CAFESALUD, E.P.S. Regional Tolima podrá repetir lo que desembolse por concepto de este Fallo, en contra de la Subcuenta de Enfermedades Catastróficas o Ruinosas del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud- Fosya.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
T-1130/00Derecho A La Vida Salud Y Seguridad Social. Paciente Con Insifuciencia Renal Cronica Terminal. Negativa De La Accionada A Practicar Hemodialisis. Periodo Minimo De Cotizacion. En Casos De Extrema Urgencia Controversias Economicas Que Comprometan La Vida Del Afiliado No Pueden Ser Impedimento Para Prestacion De Servicios De Salud. Concedida.SU.707/96Aplazamiento O Suspension De La Condena De Michelsen Por Salud. Debido Proceso. Examen Medico De Medicina Legal. Concedida Parcial.
Citada por3
T-581/07Tutela de 2007T-1063/02Derechos A La Salud Vida E Integridad De Persona Con Cancer De Mama. Solicitud Continuacion Tratamiento De Quimioterapia. Accion De Repeticion. Concedida.T-1032/01Derecho A La Salud Y Vida. Reanudacion Tratamientos De Quimioterapia Y Radioterapia. Inaplicacion De Periodos Minimos De Cotizacion En Caso De Enfermedad Catastrofica. Legitimacion Para Actuar. Agencia Oficiosa. Accion De Repeticion. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.