Micelio
Sentencia de Tutela19 de septiembre de 2008

T-926 de 2008

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Jose Antonio Velasquez·Demandado Iss Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Conflicto negativo de competencias entre el Seguro Social y el Fondo de Pensiones de Bogotá para el reconocimiento de la pensión del actor
  • Hecho superado por cuanto la pensión del actor ya le fue reconocida dentro de un proceso ordinario laboral
Derecho A La Pension De Jubilacion
  • Vulneración por el incumplimiento por parte de los funcionarios públicos de acudir a los medios legales previstos para solucionar el conflicto negativo de competencias
Pension De Jubilacion
  • Controversias entre entidades responsables del pago, no pueden afectar al titular del derecho
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud, vida y seguridad social.

Conflicto negativo de competencias entre dos entidades administrativas, toda vez que ninguna de ellas, estima tener competencia para el reconocimiento de la pension que ha solicitao el demandante, el demandante informó que para la fecha de la presente decision, su pension ya ha sido reconocida dentro de un proceso ordinario laboral que se habia tramitado, por lo tanto existe un hecho superado

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Levantar la suspension de terminos decretada mediante Auto de agosto veintiseis (26) de dos mil ocho (2008).
  2. Segundo. REVOCAR la Sentencia proferida el dos (2) de mayo de dos mil ocho (2008) por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota y, en su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto, por las razones senaladas en esta Sentencia.
  3. Tercero. COMPULSAR COPIAS de la presente Sentencia a la Procuraduria General de la Nacion, para lo de su competencia.
  4. Cuarto. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.