Sentencia de Tutela8 de noviembre de 1999
T-886 de 1999
Ponente Carlos Gaviria Díaz
✓Demandante Elvia Espinosa Castillo
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud. Der A La Vida De Menor. Der A La Seguridad Social. Saludcoop Turbo Bolivar. Suministro De Botas Ortopedicas. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Salud Del Niño
- Fundamental
- Suministro de zapatos ortopédicos
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Promiscuo Municipal de Turbaco, Bolívar, por medio del cual negó el amparo solicitado.
- Segundo. Con arreglo al artículo 4 de la Constitución, INAPLICAR en el presente caso, por ser incompatibles con ella, el artículo 15 del Decreto 1938 del 5 de agosto de 1994 y el 12 de la Resolución 5261 del 05 de agosto de 1994, emanada del Ministerio de Salud, así como el artículo 7 del acuerdo 008 del 6 de julio de 1994, adoptado por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, o las disposiciones que, con el mismo sentido, los hayan sustituido.
- Tercero. CONCEDER el amparo solicitado y, en consecuencia, ordenar a la entidad Saludcoop del Municipio de Turbaco, Bolívar, que, dentro del término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, suministre a CRISTIAN DAVID CAÑATE ESPINOSA, los aparatos ortopédicos que le fueron prescritos por el médico tratante.
- Cuarto. Por Secretaria, líbrese la comunicación prevista por el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-556/98Der. A La Salud. Der. A La Integridad Personal Y A La Seguridad Social De Los Niños. No Sumunistro De Silla De Ruedas Por E.P.S. Del I.S.S. A Niña Especial. Concedida.T-514/98Der. A La Salud De Los Niños. Suministro De Aparatos Ortopedicos. E.P.S. De Risaralda. Concedida.T-640/97Der. A La Salud Y A La Seguridad Social. Menor Que Requiere Suministro De Silla De Ruedas Por El I.S.S. Concedida.T-067/94Der. A La Salud. Der. A La Vida. Atencion A Los Disminuidos Fisicos. I.S.S. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.