Micelio
Sentencia de Tutela17 de octubre de 2002

T-883 de 2002

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Francy Hernandez Gonzalez Vs. Alcaldia Mayor De Bogota Y Otros

Tema · dato duro
Derechos A La Igualdad Debido Proceso Y Defensa. Restitucion Del Espacio Publico. Reubicacion Vendedores Ambulantes. Procedimientos De Policia. Confianza Legitima. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Principio De Confianza Legitima
  • Promesa de reubicación a vendedor ambulante por la Administración
  • Conciliación del interés general con los derechos de las personas que ejercen el comercio informal
Debido Proceso
  • No se realizó proceso policivo para restitución del espacio público
Proceso Policivo
  • Restitución del espacio público
Vendedor Ambulante
  • Término para reubicación
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia del veintiuno (21) de mayo de dos mil dos (2002), proferida por el Juez 16 Civil del Circuito de Bogotá, mediante la cual se revocó el fallo que concedió la tutela del derecho al debido proceso del actor, y en su lugar, CONFIRMAR por las razones y en los términos expuestos en la presente providencia, la sentencia del Juez Cincuenta y Siete Civil Municipal, del dos (2) de abril de 2002 al resolver la acción de tutela instaurada por Francy Hernández González contra la Alcaldía Mayor de Santa Fe, la Secretaría de Gobierno y la Alcaldía Local de Teusaquillo y por ende tutelar el derecho del Señor Francy Hernández González al debido proceso y a la defensa.
  2. Segundo. ORDENAR, al Alcalde Local de Teusaquillo que, en el término de quince (15) días hábiles siguientes a la notificación de este fallo, proceda a asignarle al señor Francy Hernández González uno de los locales ofrecidos o un lugar equivalente.
  3. Tercero. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.