Micelio
Sentencia de Tutela11 de octubre de 2002

T-865 de 2002

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Luis Alejandro Tovar Guzman Y Otra Vs. Ministerio De Educacion Nacional Y Otro

Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad Y Minimo Vital. Pago Acreencias Laborales. Prima Tecnica Por Evaluacion De Desempeño. A Trabajo Igual Salario Igual. Deficit Presupuestal. Trato Discriminatorio. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Minimo Vital Del Trabajador
  • No afectación por no pago de prima técnica
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho A La Subsistencia
  • Pago de prima técnica
Prima Tecnica
  • Falta de disponibilidad presupuestal no justifica el no pago
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota del 19 de marzo de 2002 y por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia del 7 de mayo de 2002, dentro de la accion de tutela de la referencia y, en su lugar, CONCEDER la accion de tutela para proteger el derecho fundamental a la igualdad de los demandantes.
  2. Segundo. ORDENAR al Ministerio de Hacienda y Credito Publico que, en caso de que no exista partida presupuestal para atender el pago de la prima tecnica a que tienen derecho los actores, o de que la misma sea insuficiente, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia adopte las medidas necesarias para situar los fondos con el objeto de cancelar dicha prestacion.
  3. Tercero. ORDENAR al Ministerio de Educacion Nacional que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la asignacion de la partida presupuestal correspondiente por parte del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, proceda a cancelar la prima tecnica por evaluacion de desempeno reconocida a favor de ESPERANZA GARCIA PARRA y LUIS ALEJANDRO TOVAR GUZMAN mediante resoluciones No. 1912 y 1913 del 17 de agosto de 1999, respectivamente.
  4. Cuarto. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.