T-744 de 2008
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Dionisio Burgos En Representacion De Sus Hijos Arcenio Y Maria Elena Burgos Misse·Demandado Famisanar Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Naturaleza
- Protección constitucional especial
- Reiteración de jurisprudencia sobre su procedencia
- Protección especial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la vida, igualdad y salud de personas discapacitadas a quienes la eps condiciona su afiliacion como beneficiarios de su padre a la valoracion que les practique la junta de calificacion de invalidez, para lo cual deben cancelar lo correspondiente a un salario minimo que no se encuentran en condiciones de pagar.<br>solicitan se ordene la inclusion como beneficiarios de su padre y el suministro de los servicios medicos que requieran, exonerandolos del pago de la mencionada tarifa.<br>naturaleza del derecho a la salud.
Reiteracion jurisprudencial.<br>en el presente caso no puede evidenciarse la vulneracion o amenaza de los derechos fundamentales invocados, habida cuenta que las dos personas discapacitadas se encuentran vinculadas al sistema de salud a traves de la ess comparta eps-s, la cual les ha prestado la atencion en salud que necesitan, de manera oportuna y en los niveles de complejidad que sus patologias han requerido, sin que pueda advertirse que se encuentran desprotegidos en ese aspecto.<br>negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 4 de diciembre de 2007 por el Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Tunja, que confirmo la sentencia proferida el 19 de octubre de 2007 por el Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de esta misma ciudad, en la que se nego la accion de tutela solicitada por Dionisio Burgos en representacion de sus hijos Arcenio y Maria Elena Burgos Misse contra FAMISANAR E.P.S.
- Segundo. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.