T-716 de 2001
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Nelly Amparo Medina Bermudez Vs. Municipio De Santiago De Cali.·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional pago de salarios
- Pago oportuno de salarios
- Presunción de afectación por ausencia prolongada en pago de salarios
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia de 12 de enero de 2001, dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca, mediante la cual negó por improcedente el amparo solicitado.
- Segundo. CONCEDER la tutela respecto de los derechos fundamentales al mínimo vital y pago oportuno de los salarios a la accionante NELLY AMPARO MEDINA BERMÚDEZ. En consecuencia, se ordena al señor Alcalde Municipal de Santiago de Cali, Valle, si es que no lo ha hecho, que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo y cuyo resultado no supere el plazo de dos (2) meses, adelante con prelación las gestiones indispensables para garantizar el pago de Los salarios futuross a que tenga derecho la señora MEDINA BERMÚDEZ, quien para el pago de aquéllos que motivaron su demanda, si lo considera necesario, deberá acudir a la acción ordinaria correspondiente.
- Tercero. ORDENAR que por Secretaría General se dé cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.