T-607 de 2014
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Jose Gersain Salazar Zuluaga·Demandado Colpensiones
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Pierden tal condición las categorías i) y ii) de mujeres mayores de 35 y hombres mayores de 40, si se afilian o se trasladan al régimen de ahorro individual
- En materia de seguridad social en pensiones de los trabajadores
- Deber de custodia, conservación y guarda de la información concerniente al Sistema de Seguridad Social
- Orden a Colpensiones autorizar traslado al régimen de prima media con prestación definida junto con los correspondientes aportes
- Prohibición, so pena de perder derecho al régimen de transición
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
COLPENSIONES le negó al accionante la posibilidad de trasladarse al régimen de prima media con prestación definida, por encontrarse a menos de diez años de adquirir el derecho a la pensión y, porque a pesar de haber trabajado más de veinte años en entidades públicas, éstas no le trasladaron los correspondientes bonos pensionales, ni estos fueron cobradas por ella.
Se analizan temas relacionados con las reglas para el traslado del régimen de ahorro individual con solidaridad al régimen de prima media con prestación definida de los beneficiarios del régimen de transición y, el referente a los deberes del empleador, el trabajador y la administradora pensional ante el Sistema de Seguridad Social en Pensiones, cuando está de por medio el derecho fundamental a la seguridad social.
Se CONCEDE. <br> <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia dictada el 24 de febrero de 2014, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, que nego el amparo solicitado por el senor Jose Gersain Salazar Zuluaga. En su lugar, TUTELAR el derecho a la seguridad social del accionante.
- Segundo. ORDENAR a la Administradora Colombiana de Pensiones, COLPENSIONES, o quien haga sus veces que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, proceda a autorizar el traslado del senor Jose Gersain Salazar Zuluaga al regimen de prima media con prestacion definida junto con sus correspondientes aportes. Asi mismo, se ordenara que sea reconocida la calidad de beneficiario del regimen de transicion, para lo cual la demandada debera cobrar a las entidades en la que laboro el accionante, las cotizaciones dejadas de aportar al Sistema General de Pensiones, advirtiendo que en caso de que no logre satisfacer el requisito de equivalencia del ahorro, tal como lo dispone el Decreto 3995 de 2008, le ofrezca la posibilidad de aportar, dentro de un plazo razonable, el dinero que haga falta con el fin de cumplir con dicha exigencia.
- Tercero. Por Secretaria General, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.