Micelio
Sentencia de Tutela23 de septiembre de 1992

T-537 de 1992

Ponente Simon Rodriguez Rodriguez

Demandante Rosa Ines Valderrama

Tema · dato duro
Derecho De Propiedad. Derecho Patrimonial. Tutela Transitoria. Bch(Unicentro). Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. F A L L A :
  3. Primero. Confirmar la sentencia del 20 de abril de 1992 proferida por el Juzgado Ochenta y Seis de Instrucción Criminal de Santafé de Bogotá, D.C. que concedió la tutela al derecho patrimonial de Rosa Inés Valderrama de Patiño.
  4. Segundo. Revocar en consecuencia la sentencia de 19 de marzo de 1992 del Juzgado Cuarenta y Tres de Instrucción Criminal de Santafé de Bogotá, D.C. que negó el amparo en cuestión.
  5. Tercero. Adiciónase el artículo 2o. de la sentencia de 20 de abril de 1992 del Juzgado 86 en el sentido de que la prohibición de su artículo 2o. permanecerá hasta cuando el Juez 52 de Instrucción Criminal de Santafé de Bogotá, D.C. o a quien corresponda, profiera decisión de fondo sobre la denuncia penal de la señora Rosa Inés Valderrama de Patiño, por el delito de estafa, de la cual informará en su momento al señor Gerente del Banco Central Hipotecario, Sucursal Unicentro, en la ciudad de Santafé de Bogotá, quien procederá de conformidad.
  6. Cuarto. Comunicar a los Juzgados Ochenta y Seis y Cuarenta y Tres de Instrucción Criminal de esta ciudad la presente sentencia, para que sea notificada a las partes conforme lo ordena el artículo 36 del Decreto 2591 de l991, con entrega a cada uno de copia de la misma.
  7. Quinto. Comunicar también al Juzgado 52 de Instrucción Criminal de Santafé de Bogotá, D.C., el presente fallo, con entrega de copia del mismo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.