T-512 de 2007
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Edilberto Serrano Ramirez Apoderado De Las Sociedades Puconsa S.A. Y C.D.E. Ltda Vs. Contraloria General De La Nacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Capacidad sin personería jurídica
- Carencia actual de objeto
- Autonomía de la voluntad
- Proceso de responsabilidad fiscal contra Unión Temporal por irregularidades en actos contractuales de obras públicas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso y a la defensa dentro de juicio de responsabilidad fiscal por presuntas irregularidades en los actos precontractuales y contractuales de obras publicas adjudicadas por cajanal en el que se declaro responsable y solidarios responsables mediante auto que las accionantes no pudieron impugnar.solicita se deje sin efecto lo actuado desde el acto de impugnacion de responsabilidad fiscal y se proceda a vincular al proceso fiscal a las empresas representadas.tanto la corte constitucional como el propio consejo de estado en sede contencioso administrativa han resaltado que las uniones temporales de hecho no constituyen personas juridicas autonomas y que no puede entenderse que el representante que ellas designen las representa para efectos diversos a los propios del acuerdo que dio origen a la union temporal.
Los actos de la contraloria fueron revocados de manera unilateral por la misma contraloria.carencia actual de objeto
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. LEVANTAR los términos suspendidos en el proceso de la referencia.
- Segundo. REVOCAR el fallo proferido por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda- Subsección A, del 28 de Noviembre del 2006, en el caso de la referencia, por las razones expuestas.
- Tercero. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto en la presente acción de tutela.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.