Micelio
Sentencia de Tutela28 de junio de 2011

T-491 de 2011

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Edith Johana Cerpa Salazar·Demandado Tribunal Superior De Bogota, Sala Penal De Descongestion

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Principio De Inmediatez Como Requisito De Procedibilidad De La Accion De Tutela
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Debe ponderarse bajo el criterio del plazo razonable y oportuno
Principio De Inmediatez
  • Improcedencia de tutela por cuanto no se presentó en un término razonable en caso de extinción de dominio
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, igualdad, propiedad privada, honra, buen nombre, mínimo vital, trabajo.

Sentencia contra providencia judicial.

La accionante pretende que mediante la acción de tutela se deje sin efecto la decisión adoptada por el Tribunal demandado, mediante la cual se declaró la extinción del derecho de dominio sobre los bienes de propiedad de su grupo familiar y en consecuencia, se ordene la devolución de los mismos a sus propietarios con la consecuente desafectación y cancelación de los registros respectivos.

La Sala de Revisión concluye que la presente tutela no cumple con el principio de inmediatez, el cual es un presupuesto instituido como esencial para la viabilidad de la acción.

SE NIEGA POR IMPROCEDENTE

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida en noviembre 19 de 2010 por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, que a su turno confirmo la dictada en octubre 15 de 2010 por una Sala de Decision en Tutela de la Sala de Casacion Penal de esa misma Corte, negando por improcedente la tutela solicitada por la senora Edith Johana Cerpa Salazar contra la Sala Penal de Descongestion del Tribunal Superior de Bogota.
  2. Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.