Sentencia de Tutela2 de mayo de 2000
T-472 de 2000
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Carlos Enrique Barrera Carmona
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social. Conflicto Entre El Iss Y La Empresa En Cuanto A La Interpretacion De Normas Aplicables Al Reconocimiento De La Pension De Vejez. Medio De Defensa Judicial. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Juez Constitucional
- No es el llamado a resolver controversia de carácter legal
Pension De Vejez
- Régimen de transición
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Por las razones expuestas en esta sentencia, CONFIRMAR el fallo proferido el 31 de agosto de 1999, por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia mediante la cual se negó la tutela interpuesta por no ser el medio judicial idóneo para definir la controversia planteada en el presente caso.
- Segundo. Por Secretaria, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-350/00Derecho Al Minimo Vital Y Seguridad Social. No Emision Del Bono Pensional Por La Occidental De Colombia Inc. Concedida.T-577/99Der. A La Igualdad. Der. De Peticion. Der. A La Seguridad Social. No Cancelacion De Bono Pensional Por Entidad. Concedida.T-549/98Der. De Peticion. Solicitud De Remision Del Bono Pensional. Concedida Parcialmente.C-177/98Ley 100/93. Arts. 33 Parcial Y 209. Incumplimiento De La Obligacion De Cotizar El Patrono A Las E.P.S. Prestacion Del Servicio De Salud Al Trabajador Que Cotizo Cumplido. Exeq.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.