Sentencia de Tutela4 de junio de 1998
T-282 de 1998
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Jose Del Carmen Aya Moreno
✓
Tema · dato duro
Der. A La Vida. Der Al Trabajo. Traslado De Empleado De Hospital Por Amenazas De La Guerrilla. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acto Discrecional De Traslado Por La Administracion
- Deja de ser discrecional cuando existe amenaza contra vida de empleados
Derecho A La Vida
- Traslado de empleado amenazado por grupo al margen de la ley
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR las decisiones proferidas en primera y segunda instancia por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibague y por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia, respectivamente, y en su lugar TUTELAR los derechos fundamentales a la vida y trabajo del senor Jose del Carmen Aya Moreno.
- Segundo. ORDENAR a la senora Directora del Hospital Federico Arbelaez, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, expida la autorizacion que permita el traslado del senor Jose del Carmen Aya Moreno, a otra region del Departamento. ORDENAR a su vez, al senor Secretario de Salud del Departamento del Tolima, para que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la recepcion de la autorizacion expedida por la senora Directora del Hospital Federico Arbelaez, proceda, junto con los directores de otros centros hospitalarios de dicho Departamento, a iniciar las gestiones pertinentes con el unico fin de que el demandante, pueda ser reubicado en alguno de dichos centros asistenciales. Lo anterior, no obsta para que las autoridades de Policia del Departamento del Tolima, presten especial atencion al presente caso con el unico fin de garantizar el derecho a la vida del senor Aya Moreno.
- Tercero. SURTASE el tramite previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por7
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Ver las 7 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.