Micelio
Sentencia de Tutela26 de mayo de 1995

T-235 de 1995

Ponente Vladimiro Naranjo Mesa

Demandante Fulvio Atanael Quiñones

Tema · dato duro
Der. A La Educacion. Falta De Profesor. Omision De Autoridades Adtivas Para Nombrar. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo de fecha 31 de agosto de 1994, proferido por el Juzgado
  2. Primero. Penal Municipal de Pasto, mediante el cual se denegó la acción de tutela interpuesta por Fulvio Atanael Quiñones Cabezas, Fabio Evelio Quiñones y otros, contra el alcalde municipal de Tumaco y el secretario de educación municipal, por las razones expuestas en esta providencia..
  3. SEGUNDO. TUTELAR el derecho fundamental a la educación de los alumnos del grado 1o. "C", jornada de la tarde, de la escuela "San Luis Robles", de la vereda del mismo nombre, municipio de Tumaco, y en consecuencia, ORDENAR al alcalde municipal de Tumaco, y a su secretario de educación, que en plazo de cinco (5) días contados a partir de la notificación de esta providencia, realicen las gestiones que sean necesarias para garantizar el derecho a la educación de los referidos estudiantes.
  4. TERCERO. ORDENAR que por la Secretaria General de esta Corporación, se envíe copia de esta Sentencia a la procuraduría general de la Nación para que, de acuerdo con la parte motiva de esta providencia, se investigue la omisión de los alcaldes y secretarios de educación, del período inmediatamente anterior y del actual, por haber permitido en estos dos (2) últimos años la violación continuada del derecho fundamental a la educación de los alumnos de 1o. "C", jornada de la tarde, de la escuela rural "San Luis Robles", vereda del mismo nombre, municipio de Tumaco.
  5. CUARTO. ORDENAR que, por la Secretaría General de esta Corporación, se comunique esta providencia al Juzgado
  6. Primero. Penal Municipal de Tumaco, en la forma y para los efectos previstos en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.