Sentencia de Tutela13 de diciembre de 2000
T-1737 de 2000
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Cecilia Villamizar De Melendez Vs. Servir S.A.
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida De Persona De La Tercera Edad. Solicitud Examen Ecocardiograma De Stress Con Prueba De Esfuerzo No Incluido En El Pos. Cajanal. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Entidad Promotora De Salud
- Realización examen de ecocardiograma a persona de la tercera edad
Derecho A La Salud
- Fundamental por conexidad con la vida
Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
- Casos en que procede por exclusión de tratamientos y medicamentos de alto costo
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Revocar la sentencia de fecha cuatro (4) de septiembre del año dos mil (2000), del Juzgado
- Octavo. Civil del Circuito de Bucaramanga, en la acción de tutela presentada por Cecilia Villamizar de Meléndez contra Servir S.A. IPS.
- En consecuencia, por las razones expuestas en esta sentencia, se inaplica el parágrafo del artículo 28 del Decreto 806 de 1998, y se ordena a Servir S.A. IPS, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta tutela, inicie las acciones pertinentes con Cajanal EPS, para que a la demandante se le realice el examen requerido. Cajanal no puede negarse a ordenar la realización del mismo, bien directamente, o a través de la entidad que contrate para tal efecto.
- Segundo. Por la Secretaría de la Corte Constitucional, remitir a Cajanal EPS copia de esta sentencia, para lo de su competencia.
- Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a9
T-926/99Derecho A La Salud. Der A La Dignidad Humana. Suministro De Drogas Que No Figuran En El Listado De Medicamentos. Viagra. Concedida.T-701/99Der. A La Salud Y A La Vida. Solicitud De Examen Medico No Contenido En El P.O.S. De Susalud E.P.S. Concedida.T-313/99Der. A La Vida Y A La Salud. Negativa De Unimec A Autorizar Examenes Excluidos Del P.O.S. Concedida.T-042/99Der. A La Salud Y A La Vida. Negativa De Cafesalud E.P.S. De Suministro De Audifonos. Negada.T-784/98Der. A La Salud De Los Niños. Suministro De Audifonos Por La E.P.S. De Humana. Concedida.T-757/98Der. A La Salud. Plan Obligatorio De Salud. Exclusiones Y Limitaciones. Cesacion De Las Cotizaciones Al I.S.S. Cirugia Estetica Por Nodulo En La Ceja. Negada.
Ver las 9 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.