Sentencia de Tutela22 de marzo de 2001
T-308 de 2001
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Plinio Rodriguez Ñustes Vs. Ministerio De Hacienda
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Y Vida. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Jubilacion. Emision Del Bono Pensional. Iss. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Bono Pensional
- Pronta tramitación
- Demora en emisión afecta derechos fundamentales
Via De Hecho
- Se niega pensión por demora en emisión del bono
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, de fecha doce (12) de octubre de dos mil (2000) y en su lugar CONCEDER el amparo solicitado en favor del señor Plinio Rodríguez Ñustes.
- En consecuencia, se ordena al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a la Gobernación de Caquetá y al Municipio de Neiva que junto con el Seguro Social, inicien en el término de cuarenta y ocho (48) horas, siguientes a la notificación de esta providencia, los trámites pendientes para el reconocimiento de la pensión de jubilación del actor.
- Segundo. Por la Secretaría de esta Corporación, remitir copia de la sentencia al Seguro Social, a la Gobernación de Caquetá y al Municipio de Neiva, para lo de su competencia.
- Tercero. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.