Sentencia de Tutela2 de noviembre de 2000
T-1487 de 2000
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Departamento De Cundinamarca Y Otro Vs. Credisocial
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Vida Salud Y Libre Desarrollo De La Personalidad. Proteccion A La Tercera Edad. Reintegro Recursos Destinados Al Pago De Mesadas Pensionales Reajustes Mesadas Adicionales Y Bonos Pensionales. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Entidad Financiera
- No puede incluir en sus balances dineros recaudados por concepto de seguridad social
Sistema De Seguridad Social En Salud
- Recursos tienen carácter fundamental
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Revocar la sentencia de fecha dos (2) de agosto del año dos mil (2000), de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria. En consecuencia, se concede la tutela pedida y se ordena al agente especial designado para administrar a Credisocial Caja Financiera Cooperativa en liquidación, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, reintegre en su totalidad los recursos destinados a la seguridad social que habían sido depositados
- Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
T-481/00Derecho A La Salud Y Vida. Reintegro De Dineros Depositados En Construyecoop Y Banco Del Pacifico Para Sufragar Enfermedades. Concedida.C-033/99Ley 100/93. Arts. 182183205 Y 215 Parciales. Empresas Promotoras De Salud. Ingresos Prohibiciones Administracion. Exequibles.C-179/97Dec. 1283/94. Art. 3 Paragrafo Unico. Regimen De Reservas De La Caja De Auxilios Y Prestaciones De Asoc. Col. De Aviadores Civiles -Caxdac-. Exeq.C-152/97Ley 223/95. Art. 182. Racionalizacion Tributaria. Contribuciones Parafiscales. Inexequible.C-308/94Dec. 2420/68. Dec. 1748/91. Dec. 2055/91. Dec. 663/93. Naturaleza Juridica Del Banco Cafetero. Rec. Parafiscales. Exequibles Unos Y Sent. Inhibitoria .
Citada por2
C-155/04Recursos Del Sistema De Seguridad Social En Establecimiento De Credito. Protección De Todos Los Recursos Parafiscales En Tratamiento ContableSU.508/01Derecho A La Salud Seguridad Social. Solicita El Accionante Se Le Reintegre Inmediatamente A El Y A Un Gran Numero De Personas Las Cantidades Correspondientes A Indemnizacion Destinada A Atender Enfermedades De Alto Costo. Negada.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.