Micelio
Sentencia de Tutela15 de febrero de 2008

T-138 de 2008

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Levis Margoth Y Silvana Isabel Jaramillo Yepez·Demandado Emdisalud Ess

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud De Hermanas Que Padecen Hipertiroidismo
  • Reiteración de jurisprudencia sobre medicamentos, servicios médicos o tratamientos excluidos del POSS
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida y a la salud de hermanas que padecen de hipertiroidismo quienes, en su calidad de beneficiarias del regimen subsidiado, requieren de consulta por cirugia general que les fue negada por la entidad al no encontrarse dentro del pos-s. <br>solicitan se autorice la consulta por cirugia general para determinar el tratamiento a seguir frente a la enfermedad que presentan.<br>reiteracion de jurisprudencia sobre medicamentos, servicios medicos o tratamientos no incluidos en el plan obligatorio de salud subsidiado.<br>cuando el juez de tutela se encuentre frente a la negativa de una eps del regimen subsidiado en relacion con la prestacion de un servicio medico, tratamiento o medicamento, le corresponde vincular al tramite de la accion de tutela a la entidad territorial que considere competente.

Lo anterior, con el proposito de determinar quien debe asumir el servicio medico requerido.<br>al encontrarse excluida del pos, la consulta por cirugia general le corresponde asumirla a la entidad territorial competente, esto es, a la secretaria de desarrollo de salud de cordoba.<br>concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Puerto Libertador, Córdoba, que resolvió la acción de tutela promovida por las hermanas Levis Margoth y Silvana Isabel Jaramillo Yépez en contra de la Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud, EMDISALUD ESS, por los motivos expuestos en esta providencia, y en su lugar, CONCEDER la acción de tutela y el amparo demandado para proteger los derechos fundamentales a la vida y a la salud de las accionantes.
  2. Segundo. ORDENAR a la Secretaría de Desarrollo de Salud de Córdoba, que dentro del perentorio término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación personal del presente fallo, autorice la consulta por cirugía general a Levis Margoth Jaramillo Yépez y a Silvana Isabel Jaramillo Yépez dispuesta por su médico tratante, así como todos aquellos tratamientos y medicamentos que llegaren a necesitar como consecuencia del hipertiroidismo que padecen.
  3. Tercero. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.