Sentencia de Tutela11 de marzo de 1994
T-116 de 1994
Ponente Hernando Herrera Vergara
✓Demandante America Isabel Mercado
✓
Tema · dato duro
Der. De Peticion. Pension De Jubilacion. Silencio Administrativo. I.S.S. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion
- Pronta resolución
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Octavo. Laboral del Circuito de Barranquilla, el día
- primero. (1) de septiembre de mil novecientos noventa y tres (1993).
- Segundo. CONCEDER la tutela impetrada por violación del derecho fundamental de petición. En tal virtud, se ordena al INSTITUTO DE LOS SEGUROS SOCIALES resolver el recurso de apelación interpuesto por la señora AMERICA ISABEL MERCADO CORONADO, en el improrrogable término de cuarenta y ocho (48) horas, contado a partir de la notificación de esta sentencia, si para la fecha de esta última no ha sido resuelto.
- Tercero. LIBRENSE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991 para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Citada por3
C-349/04Escision Del Instituto De Seguros Sociales Y Creacion De Empresas Sociales Del Estado. Alcance De Las Expresiones “automáticamente Y Sin Solución De Continuidad” En Materia De Derechos Salariales, Prestacionales Y Garantías ConvencionalesC-655/03Ley 789 De 2002. Art. 20 (P.). Apoyo Al Empleo. Proteccion Social. Modifica Arts. Codigo Sustantivo Del Trabajo. Regimen De Inspeccion Y Vigilancia. Tramite Solicitud De Informacion. Destinacion Recursos De La Seguridad Social. Exclusion Del Pago De ContrT-661/01Derecho De Peticion. Solicitud De Informacion De Cuando Se Cancelo El Credito Hipotecario Y Cuando Se Le Reintegra El Dinero Pagado De Mas Por Concepto Del Año 2000. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.