Sentencia de Tutela17 de noviembre de 2004
T-1150 de 2004
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Maria Arally Suarez Tamayo Vs. Iss
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion De Beneficiaria De Pension De Sobrevivientes A Quien No Obstante Haber Formulado La Solicitud No Le Ha Sido Resuelta. Contenido Y Alcance Del Derecho Fundamental De Peticion. Terminos Para Resolver Una Solicitud Relativa A Una Pension
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho De Peticion En Materia Pensional
- Término de cuatro y seis meses para resolver reconocimiento y pago
- Término de quince días para resolver asuntos dentro del trámite de pensión
Derecho De Peticion
- Alcance y pronta resolución
Derecho De Peticion Frente Al Silencio Administrativo Negativo
- Debe resolver la solicitud
Derecho De Petición
- Núcleo esencial
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado
- Octavo. Laboral del Circuito de Medellín, en cuanto tuteló el derecho de petición de la señora MARIA ARALLY SUAREZ TAMAYO y se ordenó al Instituto de los Seguros Sociales resolver de fondo la solicitud presentada por la accionante.
- Segundo. Modificar el numeral
- segundo. del fallo mencionado, y ordenar al ISS Seccional Antioquia que si todavía no lo ha hecho, en el término de cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de esta sentencia, resuelva de fondo, sobre la petición elevada por la accionante y le notifique su decisión.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a7
SU.975/03Derecho A La Igualdad. Nivelacion O Reajuste Pensional Para Exmagistrados En Cuantia Equivalente A La De Congresistas. Concedida Parcial.T-476/01Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Y Pago De Pension De Jubilacion. Hecho Superado. Negada.T-219/01Derecho De Peticion. Solicitud Informacion Movimiento Historico De Creditos Hipotecarios. Contrato Parcial De Cesion De Activos. Tutela Contra Particulares. Servicio Publico De La Actividad Bancaria. Concedida.T-1006/01Derecho De Peticion. Solicitud Pago De Mesadas Pensionales A Conyuge Superstite E Hijos. Respuesta Clara Y Oportuna. La Previsora S.A. Concedida.T-377/00Derecho De Peticion Y Defensa. Debido Proceso. Presentacion Del Escrito De Excepciones Previas Ante Juez Que No Era Competente Para Recibirlo. Negada.T-294/97Der. De Peticion. Pronta Resolucion De Recursos. Reconoc. De Pension. Prestacion De Servicios Medicos. Medio De Defensa Judicial. Concedida Parcialmente.
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Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.