Sentencia de Tutela5 de diciembre de 2002
T-1102 de 2002
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Hector Prieto Vs. Ministerio De Hacienda Y Otros
✓
Tema · dato duro
Derechos De Peticion Seguridad Social Y Minimo Vital. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Respuesta De Fondo. Emision Y Expedicion Bono Pensional. Via De Hecho. Inurbe. Inpec. Iss. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Pension De Jubilacion
- No se puede condicionar a expedición del bono
Derecho De Peticion Ante Seguro Social
- Respuesta oportuna y de fondo
Derechos Fundamentales
- Demora en trámite para reconocimiento de pensión
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bucaramanga, el 28 de Mayo de 2002 y en consecuencia, TUTELAR el derecho de petición del actor.
- Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales que, en el término de 48 horas siguientes a la notificación de esta sentencia, si aún no lo ha hecho, dicte el acto administrativo que resuelva de fondo la petición de la actora, no siendo válida la excusa de que está a la espera del bono pensional.
- Tercero. Por ser el Fondo Territorial de Pensiones de Santander la entidad obligada a concurrir con el pago de la pensión de vejez de Héctor Prieto, ORDENAR, si no lo hubiere hecho ya, que en el término de cinco (5) días siguientes a la notificación de este fallo, emita y expida el bono pensional correspondiente.
- Cuarto. REMITIR a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bucaramanga copia de las sentencias T- 684 de 2001 y T-1119 de 2001, que resume la doctrina de la Corte Constitucional en materia de derecho de petición y bono pensional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-684/01Derecho A La Pension Peticion Igualdad Y Vida Digna. Proteccion Y Asistencia A La Tercera Edad. Solicitud De Bono Pensional . El Accionante No Debe Asumir Las Consecuencias De La Ineficiencia De Las Entidades. Concedida.T-1124/01Derecho De Peticion Y Vida. Solicitud Pension De Jubilacion Vitalicia. Emision Del Bono Pensional. Iss Bolivar. Puertos De Colombia. Negada.T-1119/01Derecho A La Seguridad Social Y Dignidad Humana De Empleado Publico. Solicitud Reconocimiento Y Pago De La Pension De Vejez. Emision Del Bono Pensional. Faltas Disciplinarias. Iss. Concedida.T-1103/01Derechos A La Seguridad Social Trabajo Vida Y Dignidad Humana. Solicitud Reconocimiento Pension De Invalidez. Expedicion Del Bono Pensional. Hospital Universitario De Cartagena. Iss. Negada.T-1044/01Derecho De Peticion Y Seguridad Social De Servidor Publico. Solicitud Pension De Jubilacion. Fallecimiento Del Peticionario. Tramite Solicitud Pension De Sobreviviente. Emision Bono Pensional. Iss. Llamado A Prevencion. Investigacion Disciplinaria. ConcedT-671/00Derecho A La Pension De Vejez. Emision Del Bono Pensional. U.I.S. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.