Sentencia de Tutela21 de noviembre de 2002
T-1010 de 2002
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Jesus Maria Morales Valdes Vs. Ministerio De Hacienda Y Credito Publico
✓
Tema · dato duro
Derechos A La Seguridad Social Minimo Vital Salud Vida Y Adquiridos. Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez. Inclusion En Nomina De Pensionados. Pago Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Bonos Pensionales. Cuotas Partes. Soporte Financiero. Iss.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Pension De Jubilacion
- Retardo injustificado en su reconocimiento
- Divergencias de criterio respecto a su financiación
Bonos Pensionales Y Cuotas Partes
- Normatividad aplicable
Derecho A La Seguridad Social
- Fundamental por conexidad
- Vulneración por retardo injustificado en reconocimiento de pensión
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Revocar la sentencia proferida el 20 de noviembre de 2001 por el Juzgado
- Septimo. Laboral de Medellin y la sentencia proferida el doce de diciembre de 2001 por la Sala Laboral del Tribunal Superior de esa ciudad.
- Segundo. Ordenar al Seguro Social que en el termino de quince dias habiles profiera la resolucion correspondiente al reconocimiento de la pension de vejez del senor Jesus Maria Morales Valdes y que en los quince dias siguientes se inicie el pago de las mesadas.
- Tercero. DESE cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-307/99Der. De Peticion. Habeas Data. Der. A La Igualdad. Inclusion De Datos Del Interesado En El Banco De Datos Del Sisben. Concedida.T-614/95Der. De Peticion. Acceso Al Servicio Publico De Gas Domiciliario. Gases Del Caribe. Negada.T-279/94Der. De Peticion. Reliquidacion Pensional. Silencio Admtivo. Concedida.T-111/94Der. A La Seguridad Social. Pago Oportuno De Pensiones. Concedida.
Citada por3
C-895/09Prescripcion De La Accion De Cobro De Cuotas Partes Pensionales. No Vulnera La ConstituciónT-546/08Tutela de 2008T-1011/02Derechos A La Seguridad Social Minimo Vital Salud Vida Y Adquiridos. Solicitud Reconocimiento Pension De Vejez. Inclusion En Nomina De Pensionados. Pago Acreencias Laborales. Mesadas Pensionales. Bonos Pensionales. Cuotas Partes. Soporte Financiero. Iss.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.