Micelio
Sentencia de Tutela19 de enero de 2006

T-004 de 2006

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Noe Lopez Leguizamon Vs. Famisanar Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Y A La Vida
  • No se cumplen los requisitos para ordenar servicios médicos o medicamentos excluidos del POS
Inaplicacion De Normas Del Plan Obligatorio De Salud
  • Casos en que procede por exclusión de tratamientos y medicamentos de alto costo
Derecho A La Salud De Persona De La Tercera Edad
  • No vulneración ya que la EPS ha venido suministrando el medicamento genérico sin que la paciente haya manifestado su inconformidad
Persona De La Tercera Edad
  • Protección constitucional especial
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la salud y la vida de persona de la tercera edad beneficiaria del regimen contributivo que padece una enfermedad cerebral denominada inserticerco y le fueron formulados medicamentos no pos que la entidad se niega a suministrar.

Solicita se ordene el suministro de los medicamentos formulados.

Protección especial a las personas de la tercera edad.

Inaplicación de las normas legales o reglamentarias que regulan las exclusiones del pos.

La entidad no ha vulnerado ningun derecho ya que ha suministrado un medicamento generico incluido dentro del pos para tratar la enfermedad.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMA la sentencia proferida por el Juzgado veintisiete Civil del Circuito de Bogotá, en la acción de tutela instaurada por el señor Noe López Leguizamon en representación de su esposa Delia Maria López de López , en contra de Famisanar EPS.
  2. Segundo. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.