C-913 de 2013
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Ivan Alexander Chinchilla Alarcon·Demandado Ley 100 De 1993 Articulo 151 C Literal K
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Configuración respecto de los beneficiarios en régimen de prima media
- Incumplimiento de requisitos de claridad, certeza, pertinencia y suficiencia en los cargos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del literal k, del artículo 151C de la ley 100 de 1993, “Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones”, norma adicionada por el artículo 3 de la Ley 1580 de 2012, “por la cual se crea la pensión familiar”.
El demandante señala que la norma viola el derecho a la igualdad consagrado en el artículo 13 Superior, a la vez que desconoce el derecho irrenunciable a la seguridad social previsto en el artículo 48 Constitucional.
La Corte evidenció la existencia de cosa juzgada sobre la constitucionalidad de la norma alusiva a algunos beneficiarios de la pensión familiar y por ello decidió ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-613/13.
Por el cargo de violación del derecho a la seguridad social determinó la falta de claridad, certeza, pertinencia y suficiencia y por ello decidió declararse INHIBIDA de emitir pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 100/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. INHIBIRSE de emitir pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustancial de la demanda, sobre la constitucionalidad del literal k) del articulo 151C de la Ley 100 de 1993, introducido por el articulo 3deg de la Ley 1580 de 2012, por el cargo de violacion del derecho a la seguridad social, formulado en esta demanda.
- Segundo. ESTARSE a lo resuelto en la sentencia C-613 de septiembre 4 de 2013, que declaro EXEQUIBLE el literal k) del articulo 151C de la Ley 100 de 1993, introducido por el articulo 3deg de la Ley 1580 de 2012.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.