Micelio
Sentencia de Constitucionalidad8 de agosto de 2001Sala Plena

C-834 de 2001

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Tema · dato duro
Control De Constitucionalidad Del Estatuto De La Comision Latinoamericana De Aviacion Civil
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Estatuto De La Comision Latinoamericana De Aviacion Civil
  • Aprobación ulterior en suscripción
  • Contenido
Transporte Aereo Internacional
  • Discusión y coordinación de políticas
Tratado Internacional
  • Confirmación presidencial subsana vicios de representación en suscripción
  • Aprobación ulterior en suscripción
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 622 de 2000.

Estatuto de la comision latinoamericana de aviacion civil clac.

Constitucion.

Objetivos y funciones.

Relaciones con la oaci y otros organismos internacionales.

Organizacion.

Disposiciones de trabajo.

Exequibles.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 622/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 622/00EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE el "Estatuto de la Comision Latinoamericana de Aviacion Civil (CLAC)" hecho en la ciudad de Mexico el catorce (14) de diciembre de mil novecientos setenta y tres (1973)".
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE la Ley 622 de 21 de noviembre de 2000, por medio de la cual se aprueba el "Estatuto de la Comision Latinoamericana de Aviacion Civil (CLAC)" hecho en la ciudad de Mexico el catorce (14) de diciembre de mil novecientos setenta y tres (1973")
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por15
C-379/10Control De Constitucionalidad Del Protocolo A La Convención Internacional Para La Regulación De La Caza De BallenasC-859/07Control De Constitucionalidad Del Acuerdo Para Establecer La Red Global De Desarrollo “gdn”A. 118/07Revisión Constitucional De La Ley 1077 De 2006, Por Medio De La Cual Se Aprueba El Convenio Sobre La Marcacion De Explosivos Plasticos Para Fines De Deteccion, Hecho En Montreal, El Primero (1º) De Marzo De Mil Novecientos Noventa Y Uno (1991). Analisis De Constitucionalidad De La Ley 1077 De 200 Por Sus Aspectos Formales. La Corte Constata Que En La Camara De Representantes No Fue Respetado El Plazo De Ochos Dias Que Debe Mediar Entre El Primero Y El Segundo Debate Según Lo Establece El Articulo 160 Superior, Siendo Claro Un Vicio De Procedimiento De Carácter Subsanable. Se Concede Un Plazo De 30 Dias Para Que Se Anuncie Nuevamente La Discusion Y Votacion Por La Plenaria En La Camara De Representantes. Devuélvase A La Presidencia De La Camara De Representantes Para El Saneamiento Del Vicio Detectado En La ProvidenciaA. 013/07Revision De Constitucionalidad De La Convencion Para La Salvaguardia Del Patrimonio Cultural Inmaterial, Aprobada En La Conferencia General De La Unesco, Y De La Ley 1037 De 2006 Que Aprueba Dicha Convencion. Analisis De Constitucionalidad De La Ley 1037 De 2006 Por Sus Aspectos Formales. Incumplimiento Del Requisito Señalado En El Articulo 160 Superior Tal Como Quedo Modificado En El Articulo 8 Del Acto Legislativo 01 De 2003 En El Debate Surtido En La Comision Segunda De La Camara De Representantes. En El Presente Caso Se Configura Un Vicio De Procedimiento En Cuanto No Se Dio Cumplimiento Al Preciso Mandato Contenido En El Ultimo Inciso Del Articulo 160 Tal Como Quedo Modificado Por El Articulo 8 Del Acto Legislativo 01 De 2003. Carácter Subsanable Del Vicio De Procedimiento Identificado Y La Actuacion A Seguir Para El Saneamiento Del Mismo. Devuélvase A La Presidencia De La Camara De Representantes La Ley 1037 De 2006 Para El Tramite De Saneamiento Del Vicio DetectadoC-420/06Control De Constitucionalidad Del Convenio De Cooperacion Tecnica Y Cientifica Entre Guatemala Y ColombiaC-322/06Control De Constitucionalidad Del Protocolo Facultativo De La Convencion Sobre Eliminacion De Todas Las Formas De Discriminacion Contra La Mujer
Ver las 15

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.