Micelio
Sentencia de Constitucionalidad30 de octubre de 1995Sala Plena

C-485 de 1995

Ponente Jorge Arango Mejía

Demandante Enrique Jose Arboleda Perdomo

Tema · dato duro
C.C. Arts. 1617 Y 2232 Parciales. Fijacion Del Interes Legal. Exequibles.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Interes Legal
  • Competencia del legislador
  • Cuantía
  • Norma supletoria
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 84/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 1617Ley 84/73 «el inciso segundo de la regla 1a. del artículo 1617 del Código Civil, que reza: "El interés legal se fija en seis por ciento anual", declaración que se hace en relación con todos los aspectos no estudiados en la sentencia C-367/95, del 16 de agosto de 1995, en la cual se declaró la exequibilidad frente al cargo concreto allí analizado.»EXEQUIBLE
Art. 2232Ley 84/73EXEQUIBLE
Art. 1617Ley 57/87 «El interés legal se fija en seis por ciento anual»EXEQUIBLE
Art. 1617Ley 57/87EXEQUIBLE
Art. 2232Ley 57/87 «El interés legal se fija en un seis por ciento anual»EXEQUIBLE
5 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Declárase EXEQUIBLE el inciso
  2. segundo. de la regla 1a. del artículo 1617 del Código Civil, que reza: "El interés legal se fija en seis por ciento anual", declaración que se hace en relación con todos los aspectos no estudiados en la sentencia C-367/95, del 16 de agosto de 1995, en la cual se declaró la exequibilidad frente al cargo concreto allí analizado.
  3. Segundo. Declárase EXEQUIBLE el inciso
  4. segundo. del artículo 2232 del Código Civil, que dice: "El interés legal se fija en un seis por ciento anual".
  5. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.