Micelio
Sentencia de Constitucionalidad10 de junio de 1999Sala Plena

C-451 de 1999

Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez

Demandante Jose Luis Pabon Apicella

Tema · dato duro
Revision De Estrato. Termino Para Responder Recursos.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 104 y 158 de la Ley 142 de 1994, “por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones”.

El actor acusó que las normas demandadas contrariaron el artículo 13 de la Constitución Política, ya que no es razonable y proporcionado no aplicar el silencio administrativo positivo a las quejas o peticiones de los usuarios del servicio público domiciliarios.

La Corte se declaró inhibida porque la ley demanda salió del ordenamiento jurídico, por tanto, no existe norma a examinar y no puede materialmente hacerse la confrontación con el ordenamiento superior.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 142/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 104Ley 142/94INHIBITORIO
Art. 158Ley 142/94INHIBITORIO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E :
  3. Declararse INHIBIDA para pronunciarse respecto de la constitucionalidad de los articulos 104 y 158 de la Ley 142 de 1994, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.