C-303 de 2013
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante David Hasan Saade Morad·Demandado Ley 906 De 2004
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Existen diferencias constitucionalmente relevantes entre una y otra, que hacen indispensable un tratamiento jurídico diferenciado
- No comprende la posibilidad de impedir que el Estado ejerza el rol investigativo que constitucionalmente le corresponde
- Acto que posibilita la defensa en los procedimientos penales
- Inexistencia de descuento punitivo automático
- Exequibilidad
- No se extienden al reconocimiento condicionado
- Reiteración de jurisprudencia
- Reconocimiento en el escenario internacional
- Importancia en el contexto de las garantías procesales
- No compromete el derecho de defensa
- Imposibilidad de impugnación por parte del sindicado
- No constituye una vulneración del derecho al debido proceso
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 286 (parcial), 288-3 (parcial), 351 (parcial), 356-5 (parcial) y 367 (parcial) de la Ley 906 de 2004, por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.
El demandante afirma que las disposiciones acusadas vulneran derechos fundamentales contemplados en la Carta Política y por ello solicita que se declare la constitucionalidad condicionada de las mismas, en el entendido de que son admisibles los allanamientos y las declaraciones de culpabilidad condicionadas, referidos a la modalidad, grado o tipo penal objeto de la imputación o acusación.
Igualmente, que dicho condicionamiento no excluye la aplicación de los descuentos punitivos previstos en la legislación procesal.
La Corte Constitucional constató que la forma en que está regulada la audiencia de imputación de cargos y las consecuencias de la aceptación condicional de responsabilidad penal, no vulneran los derechos al debido proceso y a la defensa.
Se declara la EXEQUIBILIDAD de las expresiones normativas demandadas.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DECLARAR LA EXEQUIBILIDAD de la expresión "comunica" contenida en el Artículo 286 de la Ley 906 de 2004, por los cargos propuestos y analizados en el presente fallo.
- SEGUNDO. DECLARAR LA EXEQUIBILIDAD de la expresión "posibilidad del investigado de allanarse a la imputación", contenida en el Artículo 288.3 de la Ley 906 de 2004, por los cargos propuestos y analizados en el presente fallo.
- TERCERO. DECLARAR LA EXEQUIBILIDAD de la expresión "determinados" y "comporta una rebaja hasta de la mitad de la pena imponible, acuerdo que se consignará en el escrito de acusación" contenida en el Artículo 351 de la Ley 906 de 2004, por los cargos propuestos y analizados en el presente fallo.
- CUARTO. DECLARAR LA EXEQUIBILIDAD de la expresión "que el acusado manifieste si acepta o no los cargos" contenida en el Artículo 356.5 de la Ley 906 de 2004, por los cargos propuestos y analizados en el presente fallo.
- QUINTO. DECLARAR LA EXEQUIBILIDAD de la expresión "sin apremio ni juramento, si se declara inocente o culpable" contenida en el Artículo 367 de la Ley 906 de 2004, por los cargos propuestos y analizados en el presente fallo.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.