C-058 de 1998
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Jose Alberto Garcia Cortes
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 100/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional
- R E S U E L V E
- Estarse a lo resuelto en la Sentencia C-168 de 1995, en la que se declararon exequibles los incisos
- segundo. y
- tercero. de la Ley 100 de 1993, salvo el aparte final de este ultimo que dice: "Sin embargo, cuando el tiempo que les hiciere falta fuere igual o inferior a dos (2) anos a la entrada en vigencia de la presente ley, el ingreso base para liquidar la pension sera el promedio de lo devengado en los dos (2) ultimos anos, para los trabajadores del sector privado y de un (1) ano para los servidores publicos", que fue declarado inexequible.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.