A- de 2010
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Jaiime Gilinski Bacal·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se exceptúa cuando controversia afecta un número considerable de personas y puede estimarse asunto de interés general
- Debe presentarse antes de que exista sentencia
- Improcedencia cuando está en conocimiento de la Corte Constitucional por haber sido seleccionada para revisión
- Competencia de la Sala Plena
- Abstenerse de decidir solicitud de nulidad contra sentencia T-910/09 por desistimiento de las partes
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de Nulidad de la Sentencia T-910/09.
En la petición se alegó que la decisión de la Sala de Revisión cambió, si autorización de la Sala Plena, la jurisprudencia de la Corporación en torno al a procedibilidad de la acción de tutela entre personas particulares, así como respecto de las posibles situaciones de indefensión que en esos casos puede presentarse.
Se señala como razones justificativas de la nulidad, la supuesta carencia de examen y evaluación de los hechos en la sentencia de revisión y la existencia de varias afirmaciones inexactas a lo largo del fallo.
En el trámite de estudio de la solicitud de nulidad se recibió escrito de desistimiento del peticionario, bajo el argumento de haberse superado los hechos que dieron lugar a la acción de tutela y a su impugnación, con la suscripción de un acuerdo contractual entre las partes.
La Corte decide ABSTENERSE de decidir sobre la solicitud de nulidad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- R E S U E L V E
- Primero. Abstenerse de decidir sobre la solicitud de nulidad promovida contra la sentencia T-910 de 2009, proferida el 7 de diciembre de 2009 por la entonces Sala Séptima de Revisión de Tutelas, presentada el 12 de abril de 2010 por el apoderado del accionante Jaime Gilinski Bacal.
- Segundo. Ordenar que por Secretaría General de esta corporación se devuelva al Juzgado 16 Civil Municipal de Bogotá el expediente contentivo de la acción de tutela resuelta mediante la sentencia T-910 de 2009, que había sido remitido a la Corte por dicho despacho en cumplimiento de lo ordenado en auto de mayo 21 de 2010.
- Tercero. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.