Auto25 de septiembre de 2007
A- de 2007
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Hernando Ramirez Arboleda
✓
Tema · dato duro
Solicitud De Conocimiento Del Cumplimiento De La Sentencia T-323/05 Y Otras. La Competencia De La Corte Constitucional Para Promover El Cumplimiento De Sentencias De Manera Directa Como Para Dar Tramite Al Incidente De Desacato Es Excepcional Y Tiene Lugar En Algunas Situaciones Que Han Sido Analizadas En La Jurisprudencia Constitucional. En El Caso Concreto No Se Cumplen Las Circunstancias Para Que La Corte Asuma La Competencia. Negada
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derechos Fundamentales
- Deber de las autoridades responsables de la vulneración o amenaza de acatar los fallos de tutela
Corte Constitucional
- Competencia excepcional para promover cumplimiento de sus sentencias y dar trámite a incidente de desacato
- Incompetencia para verificar cumplimiento de decisiones de tutela adoptadas por jueces de primera instancia o incluso ésta como máximo tribunal de la jurisdicción constitucional
Accion De Tutela Contra La Direccion Ejecutiva Seccional De La Rama Judicial
- Incompetencia de la Corte Constitucional para hacer efectiva decisión y conocer del cumplimiento de la sentencia
Juez De Primera Instancia
- Competente para conocer incidente de desacato
- Garantiza cumplimiento fallo de tutela
Ordenes De Tutela
- Es necesario un permanente seguimiento y adopción de nuevas determinaciones para su cumplimiento
Tramite De Incidente De Desacato
- Juez de conocimiento impone sanciones correspondientes
6 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RECHAZAR por improcedente la solicitud de asumir el conocimiento del cumplimiento de la sentencia T-323 de 2005 y la providencia proferida por el Juzgado
- Séptimo. Laboral del Circuito de Bogotá, confirmada parcialmente por el Tribunal Superior de Bogotá - Sala Laboral dentro del proceso especial de fuero sindical promovido por el señor Hernando Ramírez Arboleda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-465/05Tutela de 2005T-323/05Sin InformaciónT-684/04Derecho A La Libertad Personal Y Al Debido Proceso De Representante Legal De Empresa Contra Quien Se Tramito Incidente De Desacato Por Incumplimiento De Fallo De Tutela Que Le Ordenaba Rectificar En Debida Forma Un Aviso En Medios Escritos. Solicita SeSU.1158/03Cumplimiento De La Sentencia <a Href=../2001/T-1306-01derecho.Rtf> T-1306/01</A>al Debido Proceso. Legitimación Por Activa Del Banco Popular Solicitud Pension. Tutela Contra Providencias Judiciales. Via De Hecho. Jurisdiccion Constitucional Funcional. LeyT-188/02Derecho Al Debido Proceso. Via De Hecho. Exceso De Poder. Incidente De Desacato. Naturaleza. Finalidad. Tutela Contra Providencias Judiciales. Fahuila S.A. Concedida.T-323/95Tutela Contra Providencias Judiciales. Via De Hecho. Tutela Temeraria. Acto Adtivo Del I.S.S. Pension De Jubilacion. Negada.
Citada por2
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.