Micelio
Auto1 de agosto de 2006

A- de 2006

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Janeth Marina Suavita Carrascal

Tema · dato duro
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-1133/05 Por Considerar Que La Decision De La Sala De La Corte Incurrio En Una Irregularidad Que Afecta El Debido Proceso, Irregularidad Significativa Que Influyo Directamente Y De Forma Sustancial En La Decision Adoptada, Pues Desconocio Que El Articulo 67 De La Ley 50 De 1990 Derogo El Articulo 40 Del Decreto 2351 De 1965 E Ignoro La Existencia De La Resolucion No.002785 Del 27 De Diciembre De 2000 Con La Que El Ministerio Del Trabajo Y Seguridad Social Califico Como Despido Colectivo La Desvinculacion De Trabajadore Oficiales De La Previsiora S.A. Término Para La Presentación De La Solicitud De Nulidad De Las Sentencias De La Corte Constitucional. Lo Que Se Pretende Con El Incidente Es Revivir Un Debate Sobre Los Mismos Puntos, Que Ya Fue Zanjado En La Sentencia. No Es Ese El Fin Del Incidente De Nulidad. Por Otra Parte, Es Claro Que La Demandante No Comparte Las Consideraciones De La Sala De Revisión. Pero El Hecho De Que Ella No Participe De Las Conclusiones De La Sentencia No Significa Que Ella Deba Ser Declarada Nula. Negada
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Improcedencia por no existir vía de hecho judicial en sentencia T-1133/05
  • Oportunidad en sentencia T-1133/05 por error en la notificación no imputable a la actora
Incidente De Nulidad
  • No es una nueva oportunidad procesal para reabrir debate jurídico
Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Término de tres días contados a partir de notificación de fallo de instancia
Salas De Revision De La Corte Constitucional
  • Respeto por interpretación jurídica de la Corte Suprema de Justicia pues es a quien corresponde fijar el sentido y aplicación de las normas legales
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DENEGAR la solicitud de nulidad de la Sentencia T-1133 de 2005, proferida por la Sala Tercera de Revision de la Corte Constitucional.
  2. Segundo. Contra esta decision no procede recurso alguno.
  3. Tercero. ORDENARLE a Secretaria General que retorne al Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca el expediente del proceso de tutela instaurado por Janeth Marina Suavita contra la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoJaime Araujo RenteríaSalvamentoClara Ines Vargas Hernandez
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.