Auto3 de mayo de 2007
A- de 2007
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante David Suarez Tamayo
✓
Tema · dato duro
Recurso De Súplica Contra El Auto De Marzo 9 De 2007 Proferido Por El Magistrado Sustanciador Dr. Jaime Araujo Renteria, De Rechazo De La Demanda, Adiuciendo Que No Existe Cosa Juzgada Absoluta En Relacion Con La Norma Demandada. Conceptos De Cosa Juzgada Absoluta Y Relativa. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
- Existencia de cosa juzgada absoluta
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
- RESUELVE
- Confirmar el auto de auto de marzo nueve (9) de dos mil siete 2007, mediante el cual el Magistrado sustanciador Jaime Araujo Renteria resolvio rechazar la demanda interpuesta por Natalia Llano Mejia, Juan David Tamayo Ramirez, Viviana Elisabeth Valero Betancur y David Suarez Tamayo contra el articulo 27.6 de la Ley 142 de 1994.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
✓✓✓✓✓✓✓✓✓
Manuel José Cepeda Espinosa
Ponente
Alvaro Tafur Galvis
Magistrado
Clara Ines Vargas Hernandez
Magistrado
Humberto Antonio Sierra Porto
Magistrado
Jaime Araujo Rentería
Magistrado
Jaime Córdoba Triviño
Magistrado
Marco Gerardo Monroy Cabra
Magistrado
Nilson Pinilla Pinilla
Magistrado
Rodrigo Escobar Gil
Presidente
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a8
C-036/03Ley 734 De 2002. Arts. 150 Y 153 (Ps.). Codigo Disciplinario Unico. Indagacion Preliminar. Procedencia Fines Tramite Y Termino Cierto Y Preestablecido. Investigacion Disciplinaria. Duda Sobre Identificacion O Individualizacion Del Autor De La Falta DiscipC-976/02Cosa Juzgada Constitucional En Cesión Gratuita De Bienes Fiscales En Ocupación IlegalC-774/01Libertad Provisional. Transcurso De Término A Partir De Ejecutoria De Resolución De AcusaciónC-700/99Varios Arts. De Los Decs. 663/93 Y 1730/91 Que Dieron Origen A Los Decs. 677/72 678/72 1229/72. 1269/72 Y 1127/90. Exequibles Inexequibles E Inhibitoria. Sistema Upac.C-037/96Proyecto De Ley N°58/94 Senado Y 264/95 Camara Estatutaria De La Admon De Justicia. Exequibles E Inexequibles.C-585/95Ley 142/94. Art. 27. N. 6. Regimen De Servicios Publicos Domiciliarios. Participacion De Entidades Publicas. Exequible.
Ver las 8 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.