Auto15 de marzo de 2006
A- de 2006
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Piedad Amparo Zuñiga Quintero
✓
Tema · dato duro
Recurso De Suplica Interpuesto Contra El Auto De Febrero Nueve (9) De 2006 De Rechazo De La Demanda Contra El Artículo 35, Numeral 9 (Parcial) De La Ley 270 De 1996, Por Existir Cosa Juzgada Constitucional. Confirma En Su Intergridad El Auto De Rechazo De La Demanda
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Control De Constitucionalidad De Ley Estatutaria
- Caso excepcional en que procede nuevo juicio de constitucionalidad por vía de la acción pública de inconstitucionalidad
- Vicios de inconstitucionalidad sobrevinientes
- Jurisdiccional, automático, integral, definitivo, participativo y previo
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
- Existencia de cosa juzgada constitucional frente a la ley estatutaria de administración de justicia
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Sala Plena de esta Corporacion,
- RESUELVE
- CONFIRMAR en su integridad el Auto de febrero nueve (9) de 2006, proferido por el Magistrado sustanciador Jaime Cordoba Trivino, mediante el cual se rechazo la demanda interpuesta por la ciudadana Piedad Amparo Zuniga Quintero
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Citada por3
C-337/21Comisión Para El Establecimiento De La Verdad, La Convivencia Y La No Repetición. Forma En Que Debe Hacerse El Cómputo Del Periodo De Tres (3) Años De La Comisión.C-174/17Procedimiento Especial Para El Control De Constitucionalidad. De Las Leyes, Actos Legislativos Y Decretos-Leyes Expedidos Por Vía Rápida Y Facultades Extraordinarias Conferidas Al Presidente De La República, Con Fundamento En El Acto Legislativo 1 De 2016C-516/16Racionalizacion De Tramites. Expedicion De Copias A Costa Del Peticionario
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.