Micelio
Auto24 de abril de 2012

A- de 2012

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante --·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Objeciones Gubernamentales A Proyecto De Ley Que Declara Patrimonio Historico Y Cultural De La Nacion Al Tribunal Superior De Distrito Judicial De Pamplona
  • Vicio de procedimiento en la votación del informe
  • Vicio en aprobación de informe por cuanto votación no fue nominal y pública
Objeciones Gubernamentales
  • Oportunidad en la formulación
  • Termino para formularlas y trámite en el Congreso
Procedimiento Legislativo
  • Hipótesis de vicios subsanables
Vicio De Procedimiento
  • Subsanabilidad depende que actuación irregular haya tenido lugar dentro del trámite
  • Carácter subsanable
Votacion Ordinaria
  • Excepción a la votación nominal y pública
Informe A Objeciones Gubernamentales
  • Exigencia de votación nominal y pública
Principio De Celeridad De Los Procedimientos Y Votacion Ordinaria
  • Excepciones al voto nominal y público de congresistas
Principio De Instrumentalidad De Las Formas
  • Fundamentación constitucional de la facultad de subsanación
Vicio De Procedimiento Subsanable
  • Declaratoria debe ser aplicada de forma razonable
Vicios De Procedimiento Subsanables
  • Requisitos para aplicar facultad de devolución de Proyecto de Ley
12 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Objeciones Gubernamentales por inconstitucionalidad del Proyecto de Ley No. 200/09 Senado y No. 235/11 Cámara, Por la cual la Nación declara patrimonio histórico y cultural de la Nación al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pamplona.

La Sala decide devolver el expediente legislativo al Congreso de la República para que subsane el vicio de trámite consistente en la omisión del requisito de votación nominal y pública del informe de objeciones gubernamentales, en la plenaria del Senado.

Se concede un plazo de 30 días para dar cumplimiento a la anterior determinación.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DEVOLVER el expediente legislativo al Congreso de la Republica, para que subsane el vicio de tramite consistente en la omision del requisito de votacion nominal y publica del informe de objeciones gubernamentales, en la plenaria del Senado, respecto del proyecto de ley No.200/09 -Senado- y No.235/11 -Camara- "Por la cual la Nacion declara patrimonio historico y cultural de la Nacion al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Pamplona"
  2. Para el cumplimiento de lo anterior, el Congreso de la Republica tendra un plazo de 30 dias habiles, contados a partir del inicio de la nueva legislatura el 20 de Julio de 2012, siempre que este auto haya sido notificado.
  3. Segundo. Una vez se haya subsanado el vicio en los terminos del numeral anterior, el Presidente del Congreso remitira a la Corte el proyecto de ley objetado por el gobierno y mencionado en el numeral anterior, acompanado del expediente legislativo correspondiente, a fin de que esta Corporacion resuelva sobre su constitucionalidad, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 167 de la Constitucion Politica.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoMauricio González Cuervo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.