Micelio

Carlos Eugenio Restrepo

1512actos de poder firmados404 leyes1108 decretos1910 – 1933

Trayectoria en el poder

Inferida de los actos que firmó: en qué cargo, de qué entidad, y en qué años.

  1. 1910–1915Presidente de la República· Presidencia De La República · rama EJECUTIVO1342 actos
  2. 1911El Director del Observatorio Astronómico de Bogotá tendrá franquicia telegráfica hasta de veinte palabras diarias para cada uno de los lugares indicados en este artículo1 acto
  3. 1911El Director General de la Policía Nacional queda encargado de distribuir el servicio convenientemente entre los establecimientos de castigo, cuya guardia debe hacerse por el Cuerpo de su mandoencargado1 acto
  4. 1912El Ministro de Instrucción Pública, o en su defecto el Subsecretario del ramo, presidirá los Consejos Directivos de las Escuelas Normales Centrales de Bogotá, en atención a que tales institutos, por su carácter especial de centrales, no quedaron comprendidos en lo dispuesto por el artículo 4.° del Decreto 670 del presente año, y han venido dependiendo en su dirección y vigilancia suprema del Ministerio de Instrucción Pública directamente1 acto
  5. 1912El Jefe de la Sección 2. a del Ministerio de Instrucción Pública, á quien compete el ramo de becas, practicará periódicamente una visita á los establecimientos de esta capital donde ellas existan, afín de rendir un informe sobre los puntos de que trata el artículo 4.° del Decreto ejecutivo número 92 de 1912, y particularmente sobre la alimentación dada á los alumnos y sobre el cumplimiento del Acuerdo relativo á higiene de las Escuelas Colegios, expedido el 12 de Mayo de 19041 acto
  6. 1930–1933Ministro de Gobierno· Ministerio De Gobierno · rama EJECUTIVO165 actos
  7. 1930Ministro de Guerra· Ministerio De Guerra · rama EJECUTIVO1 acto

Presidente de la República

362 leyes · 980 decretos

Ministro de Gobierno

42 leyes · 123 decretos

Ministro de Guerra

1 decreto

El Ministro de Instrucción Pública, o en su defecto el Subsecretario del ramo, presidirá los Consejos Directivos de las Escuelas Normales Centrales de Bogotá, en atención a que tales institutos, por su carácter especial de centrales, no quedaron comprendidos en lo dispuesto por el artículo 4.° del Decreto 670 del presente año, y han venido dependiendo en su dirección y vigilancia suprema del Ministerio de Instrucción Pública directamente

1 decreto

El Jefe de la Sección 2. a del Ministerio de Instrucción Pública, á quien compete el ramo de becas, practicará periódicamente una visita á los establecimientos de esta capital donde ellas existan, afín de rendir un informe sobre los puntos de que trata el artículo 4.° del Decreto ejecutivo número 92 de 1912, y particularmente sobre la alimentación dada á los alumnos y sobre el cumplimiento del Acuerdo relativo á higiene de las Escuelas Colegios, expedido el 12 de Mayo de 1904

1 decreto

El Director General de la Policía Nacional queda encargado de distribuir el servicio convenientemente entre los establecimientos de castigo, cuya guardia debe hacerse por el Cuerpo de su mando

1 decreto

El Director del Observatorio Astronómico de Bogotá tendrá franquicia telegráfica hasta de veinte palabras diarias para cada uno de los lugares indicados en este artículo

1 decreto