DecretoVigencia En Estudio
Decreto 3078 de 1954
Por el cual se dictan medidas sobre la importación de víveres y se modifica el Arancel Aduanero
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, Los Productos Y Mercancías Denominados Y Comprendidos En Las Posiciones Del Arancel De Aduanas Que Se Enumeran A Continuación, Solo Podrán Ser Importados Por La Corporación De Defensa De Productos Agrícolas: Posición Denominación 49 Papa2Las Harinas De Trigo, De Espelta Y De Comuña, Y Las Sémolas De Trigo, Quedarán Sometidas Al Pago De Los Siguientes Derechos De Aduana: Posición Denominación Gravamen Espec3Establécese Una Cuota De Defensa De Diez Centavos ($ 04El 50% De Las Utilidades Líquidas Que Obtenga La Corporación De Defensa De Productos Agrícolas, Provenientes De La Importación De Los Productos Y Mercancías Contempladas En El Presente Decreto, Ingresaran A La Caja De Crédito Agrario Como Aporte De Capital A Favor Del Estado5Modificase En La Siguiente Forma El Gravamen Establecido Para La Posición De Arancel De Aduanas Que Se Expresa A Continuación: Posición Denominación Gravamen Espec6Las Disposiciones Y Los Huevos De Aduana Establecidos Por El Presente Decreto Se Aplicarán A Todos Los Productos Cuyo Registro De Importación Se Autorice Por La Oficina De Registro De Cambios, A Partir De La Fecha7Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Suspende Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Teniente General Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Luis Caro EscallónEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Gabriel ParisEl Ministro de Guerra
- Juan Guillermo Restrepo JEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Castor Jaramillo ArrublaEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejíaEl Ministro de Salud Pública
- Manuel Archila MonroyEl Ministro de Fomento
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Minas y Petróleos
- Aurelio Caicedo AyerbeEl Ministro de Educación Nacional
- Brigadier General Gustavo Berrío MEl Ministro de Comunicaciones
- Capitán De Navío Rubén PiedrahitaEl Ministro de Obras Públicas