DecretoVigente
Decreto 2393 de 1938
por el cual se organiza el Laboratorio Nacional de Higiene de pendiente del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social.
18artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1° De Enero De 1939, El Laboratorio Nacional De Higiene Tendrá Las Dependencias Cuyas Funciones, Personal Y Asignaciones; Se Determinan En Los Artículos Siguientes: Capitulo I Dependencias Técnicas Y Administrativas Y Funciones De Ellas2El Laboratorio Tendrá Una Dirección Científica Y Una Administrativa Con Las Siguientes Secciones: Dirección Científica, Sección De Vacuna Y Seroterapia, Sección De Bacteriología Y Microscopia, Sección De Epidemiología, Sección De Química3La Dirección Científica Estará A Cargo Del Director Del Laboratorio, Y Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Dirigir Y Supervigilar Los Trabajos De Carácter Científico Y Técnico De Las Distintas Secciones Del Laboratorio Del Laboratorio, Y Dirigir Y Orientar Los Trabajos Científicos Y Técnicos De Los Laboratorios Filiales Y De Las Secciones Que Se Establezcan En Los Distintos Lugares Del País, De Acuerdo Con Lo Dispuesto Por El Decreto Orgánico Del Ministerio4Esta Sección Tendrá A Su Cargo Las Siguientes Funciones: A) Preparar Los Sueros, Vacunas Y Demás Productos Biológicos Para Combatir Las Enfermedades Infecciosas, Tanto En El Hombre Como En Los Animales5Esta Sección Tendrá A Su Cargo Las Siguientes Funciones: A) Controlar La Pureza Bacteriológica Y La Innocuidad De Todos Los Productos Que Se Elaboren En Las Diferentes Secciones Del Laboratorio6Esta Sección Tendrá A Su Cargo Las Siguientes Funciones: A) Investigar Las Epidemias Que Se Presenten En El País, Para Lo Cual El Médico Jefe Enviará Al Laboratorio Las Muestras De Material De Estudio Que Considere Conveniente En Cada Caso7Esta Sección Tendrá A Su Cargo Las Siguientes Funciones: A) Practicar Los Análisis Químicos Que Se Confíen Al Laboratorio Por Las Entidades O Instituciones Autorizadas Para Ello8Estará A Cargo De Un Administrador Con Sus Auxiliares, Determinados En Este Decreto9La Dirección Científica Tendrá El Siguiente Personal Y Asignaciones: Aquí Pdf Diario Oficial 23971 (Tabla De Personal Y Asignaciones) Pág10Esta Sección Tendrá El Siguiente Personal Y Asignaciones: Aquí Pdf Diario Oficial 23971 (Tabla De Personal Y Asignaciones) Pág11Esta Sección Tendrá El Siguiente Personal Y Asignaciones: Aquí Pdf Diario Oficial 23971 (Tabla De Personal Y Asignaciones) Pág12Esta Sección Tendrá El Siguiente Personal Y Asignaciones: Aquí Pdf Diario Oficial 23971 (Tabla De Personal Y Asignaciones) Pág13Esta Sección Tendrá El Siguiente Personal Y Asignaciones: Aquí Pdf Diario Oficial 23971 (Tabla De Personal Y Asignaciones) Pág14Como Dependencias Auxiliares De Las Secciones Científicas Habrá En El Laboratorio Las Que Se Expresan A Continuación, Con Su Personal Y Asignaciones: Aquí Pdf Diario Oficial 23971 (Tabla De Personal Y Asignaciones) Pág15La Administración Del Laboratorio Tendrá El Siguiente Personal Y Asignaciones: Aquí Pdf Diario Oficial 23971 (Tabla De Personal Y Asignaciones) Pág16Por Resolución Especial, El Director Científico Del Laboratorio Hará La Reglamentación De Los Servicios Y De Horas De Trabajo, Con La Aprobación Del Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social17Anualmente El Director Científico Y El Administrador Deberán Rendir Informe Detallado Sobre La Marcha De La Institución Al Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social18Los Empleados Que Conserven La Denominación Y La Asignación Anterior En Este Nuevo Decreto, No Necesitarán Nueva Posesión
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